ࡱ> QSP 3bjbj 4Hhh+66}}}}}< 0` b b b b b b $"$^ } }} :}}` ` rT`ͣoj L  0 .%h%%}  %6 C: 4 Crea el Doctorado en Ciencias de la Ingeniera Mencin Modelacin Matemtica, de la Facultad de Ciencias Fsicas y Matemticas, y aprueba Reglamento respectivo. DECRETO EXENTO N 001736 06. JULIO. 1989 Con esta fecha la Rectora de la ۶Ƶ ha expedido el siguiente decreto : VISTOS : Lo dispuesto en el D.F.L. N 153 de 1981, aprobatorio del Estatuto de la ۶Ƶ; el D.S. N 931 de 1987, ambos del Ministerio de Educacin Pblica; la Ley N 18.755 de 1988 y el D.U. N 002604 de 1987, que aprob el Reglamento General de los Estudios Universitarios. DECRETO : Crese el Programa de Doctorado en Ciencias de la Ingeniera, mencin Modelacin Matemtica, de la Facultad de Ciencias Fsicas y Matemticas. Aprubase el siguiente Reglamento : TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artculo 1 El presente Reglamento establece las normas de organizacin y funcionamiento del Programa de Doctorado en Ciencias de la Ingeniera, mencin Modelacin Matemtica, de la Facultad de Ciencias Fsicas y Matemticas. TITULO II DE LOS OBJETIVOS Artculo 2 El Programa tiene por finalidad la formacin de graduados del ms alto nivel aptos para realizar investigaciones originales, cuyos resultados constituyan un aporte significativo al conocimiento en Modelacin Matemtica y a las aplicaciones de las matemticas a problemas de ingeniera. TITULO III DE LA ADMINISTRACION DEL PROGRAMA Artculo 3 La administracin del Programa ser responsabilidad de la Escuela de Postgrado de la Facultad, a travs de su Comisin de Doctorado y de un Comit de Programa. La Comisin de Doctorado estar constituida por el Director de la Escuela quien la presidir y por el coordinador de cada uno de los Programas de Doctorado que ofrece la Facultad. Los coordinadores de estos Programas debern pertenecer a una de las dos ms altas jerarquas de la Carrera Acadmica ya que reunan los dems requisitos del artculo 18 del D.U. N 002604/87, designados, por el Decano, a proposicin del Director de la Escuela de Postgrado, dichos integrantes durarn dos aos en sus funciones pudiendo ser designados nuevamente. Artculo 4 Sern funciones de la Comisin de Doctorado : Someter a la aprobacin del Decano la designacin de los acadmicos que integrarn el Comit de Programa, las Comisiones de exmenes de grado y los profesores guas de tesis. Coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo y nivel de excelencia del Programa de Doctorado. Conocer el rendimiento semestral de cada alumno del programa y proponer al Decano la eliminacin de los alumnos que no cumplan con los requisitos mnimos para su permanencia en el Programa. Fijar las fechas de exmenes de calificaciones y de grado. Resolver sobre las materias sometidas a su consideracin por el Comit de Programa y por el Decano. Artculo 5 El Comit del Programa estar constituido por tres acadmicos de las dos ms altas jerarquas de la ۶Ƶ, designados por el Decano a proposicin de la Comisin de Doctorado. Artculo 6 Corresponder al Comit del Programa las siguientes funciones : Estudiar y calificar los antecedentes de los postulantes al Programa y, sobre la base de dichos antecedentes, proponer a la Comisin de Doctorado la admisin o rechazo del postulante. Dicha proposicin deber ser fundada. Proponer y presentar a la Comisin de Doctorado un plan de estudios para cada alumno sobre la base de la seleccin de asignaturas y otras actividades que comprende el Programa de Doctorado en Ciencias de la Ingeniera, mencin Modelacin matemtica Proponer a la Comisin de Doctorado, los tutores o comits tutoriales para la supervisin de los alumnos del programa, las comisiones y fecha de exmenes de calificacin, los profesores guas de tesis y los integrantes de las Comisiones de Examen de Grado. Cautelar el cumplimiento de cada una de las actividades del programa que deber realizar el candidato. Proponer a la comisin de Doctorado, de comn acuerdo con el candidato, el tema de la Tesis. TITULO IV DEL INGRESO AL PROGRAMA Artculo 7 Para ingresar al programa se deber estar en posesin del grado de Licenciado o de Magister en Ciencias de la Ingeniera, mencin Matemticas Aplicadas, o de un Grado equivalente en nivel y carga acadmica de sta u otra universidad, que asegure una formacin previa satisfactoria para los fines del Programa y haber sido aprobada su solicitud de ingreso por la Comisin de Doctorado de la Facultad, a proposicin del Comit del Programa. Artculo 8 El Comit del Programa realizar la preseleccin sobre la base de los antecedentes presentados por el postulante y el resultado de un examen oral o entrevista. El candidato deber acreditar, adems, la capacidad para comprender uno o ms idiomas extranjeros, de preferencia el idioma ingls. TITULO V DE LA ORGANIZACIN DEL PROGRAMA Artculo 9 El Programa se organizar en semestres y tendr una duracin estimada mnima de seis y mxima de diez semestres acadmicos. El candidato deber cumplir las exigencias del programa en este perodo, a menos que fuere expresamente autorizado por la Comisin de Doctorado para cumplirlo en un perodo diferente, el que no podr exceder al plazo establecido en el artculo 22 del D.U. N 002604 de 1987. Artculo 10 El Programa de Doctorado presentar una secuencia que comprende el cumplimiento de actividades curriculares fijadas por el Comit del Programa, un examen de calificacin, una tesis y un examen de grado. Artculo 11 El Plan de Estudios del Programa de Doctorado tendr una carga acadmica correspondiente a 340 unidades docentes. La actividad central es una tesis equivalente a 200 UD. El plan de estudios contempla, adems, cursos de nivel de postgrado equivalente a 140 UD. La unidad docente corresponde a la realizacin, durante un semestre acadmico, de una hora semanal de trabajo acadmico, incluyendo el tiempo realizado bajo docencia directa y el de trabajo personal del candidato. Los cursos que deba cumplir cada candidato sern programados por el Comit de Programa conjuntamente con el candidato; este plan ser sometido a la consideracin de la comisin de Doctorado, la que lo sancionar y fijara el plazo mximo en que deber cumplirse. Artculo 12 Cada una de las actividades curriculares deber ser aprobada con nota mnima de 5.0 en la escala de 1.0 a 7. TITULO VI DEL EXAMEN DE CALIFICACJON Artculo 13 Cumplidas satisfactoriamente las asignaturas y otras actividades curriculares fijadas para el candidato, ste deber aprobar un examen de calificacin ante una Comisin ad-hoc designada por la Comisin de Doctorado, a proposicin del Comit de Programa. En dicho examen el candidato deber demostrar que posee el dominio de un conjunto de materias, que lo habilita para iniciar la elaboracin de la tesis. El candidato deber demostrar igualmente dominio del idioma ingls. El alumno cuyo examen de calificacin sea rechazado no podr continuar en el Programa de Doctorado. TITULO VII DE LA TESIS Artculo 14 Aprobado el examen de calificacin, el candidato podr dar inicio formal a la tesis. En la tesis de doctorado el candidato deber realizar una investigacin original, que constituya un aporte significativo a la Modelacin Matemtica en el rea de especializacin respectiva o a las aplicaciones de las matemticas a problemas que, a juicio del Comit de Programa, exijan el nivel de creatividad pedido en los programas de doctorado. En cuanto a la forma de presentacin de ella, podr ser la de una tesis tradicional, o bien, estar constituida por al menos dos publicaciones in extenso, acompaadas por una introduccin y discusin general. Dichas publicaciones deben ser efectuadas en revistas de prestigio indiscutible, que tengan un Comit Editorial Internacional. Esta ltima presentacin deber ser aprobada en cada caso por el Consejo de Grados Superiores. Artculo 15 El tema de la tesis y la designacin del profesor gua, que dirigir al candidato en la elaboracin de la misma, sern propuestos a la comisin de Doctorado de la Facultad, por el Comit del Programa y de comn acuerdo con el candidato. Artculo 16 La aceptacin del proyecto de tesis por la Comisin de Doctorado deber constar en el acta de sesiones correspondiente de dicha Comisin, fecha desde la cual se considerar inscrito formalmente. Esta inscripcin deber notificarse a la Secretara de Estudios de la Facultad, para su registro. Artculo 17 El trabajo de tesis deber completarse en un plazo mximo de ocho (8) semestres, a contar de la fecha de su inscripcin. En casos calificados, la Comisin de Doctorado, a peticin escrita del candidato y por motivos justificados, de informe favorable del Comit de Programa, podr prorrogar fundadamente dicho plazo, teniendo presente lo establecido en el artculo 22 del D.U.N 002604 de 1987. Artculo 18 El Decano a proposicin de la Comisin de Doctorado designar una Comisin de Examen de Grado. Esta Comisin ser presidida por un Profesor Titular y estar integrada por, a lo menos, tres profesores de las dos ms altas jerarquas, uno de los cuales podr pertenecer a otra Facultad o Universidad y por el Profesor Gua, quien no concurrir a la calificacin de la Tesis. Esta Comisin informar la Tesis en el plazo mximo de un mes, pudiendo aceptarla, sugerir modificaciones o rechazarla. En estos dos ltimos casos, el Decano, de acuerdo con lo informado por la Comisin de Doctorado, fijar una nueva oportunidad de presentacin de la tesis modificada o de una nueva tesis, segn corresponda. Artculo 19 Aprobada la tesis, el candidato deber presentarse a rendir el examen de grado, en la fecha que la fijar la Comisin de Doctorado. TITULO VIII DEL EXAMEN DE GRADO Artculo 20 El examen de grado es pblico y consistir en la exposicin y defensa de la tesis. Ser rendido ante la Comisin de Examen de Grado, que estar presidida por el Decano o su representante, ms los miembros sealados en el Artculo 18 del presente reglamento. Artculo 21 La Comisin de Examen de Grado comunicar al candidato la aprobacin o reprobacin del examen de grado tan pronto finalice este, levantndose el acta de examen correspondiente, la que quedar en poder de la Escuela de Postgrado y se notificar, adems, a la Secretaria de Estudios de la Facultad. Si el candidato fuera reprobado, tendr una segunda y ltima oportunidad para rendirlo, en el plazo que le fije la Comisin de Examen de Grado. TITULO IX DE LA OBTENCION DEL GRADO Artculo 22 La Direccin de la Escuela de Postgrado, a solicitud de la Comisin de Doctorado, enviar al Decano los documentos que acrediten que el candidato ha cumplido con los requisitos establecidos en el presente Reglamento. La Secretara de Estudios de la Facultad preparar el expediente con la documentacin establecida para el otorgamiento del diploma correspondiente. Artculo 23 El diploma que acredite el grado de Doctor, ser otorgado por el Rector de la ۶Ƶ a solicitud del Decano de la Facultad de Ciencias Fsicas y Matemticas y registrado en la Oficina de Ttulos y Grados de la Universidad. s ~  1 2 b 9 a  +7`ϾzrrirahO@mH sH hf5mH sH hfmH sH h? !!9!:!;!I!##%_%`%'' ((((ºֲ߲{ssjsjajh*5mH sH h5mH sH hmH sH h?h?5mH sH h?5mH sH h?mH sH h%.5mH sH h%.mH sH h5mH sH hmH sH h!gmH sH hM mH sH hrhr5mH sH hr5mH sH hrmH sH hO@5mH sH hO@mH sH hfmH sH & !!!!:!;!)?)L)***---3.4.5.A.U.V.W.d.f/g/t/-1.1/1$a$gd1$a$gd1$a$gd?(>)L)***--5.d.f/g/t//,1-181k122o33333żŴŴhrhr5mH sH h35h35mH sH h|wh|wmH sH hVMmH sH h|w5mH sH h|wmH sH hsF5mH sH hsFmH sH h15mH sH h1mH sH h355mH sH h35mH sH h*5mH sH h*mH sH /1011121314151617181B1\1]1^1k1D2E2222333$a$gd?$a$gd|w$a$gd|w$a$gd121h:p!g/ =!"#$% j 666666666vvvvvvvvv666666>6666666666666666666666666666666666666666666666666hH6666666666666666666666666666666666666666666666666666666666666666662 0@P`p2( 0@P`p 0@P`p 0@P`p 0@P`p 0@P`p 0@P`p8XV~ OJPJQJ_HmH 4nH 4sH 4tH 4J`J !gNormal dCJ_HaJmH 4sH 4tH NA N Fuente de prrafo predeter.RiR 0 Tabla normal4 l4a ,k , 0 Sin lista N`N M  Sin espaciadoCJ_HaJmH 4sH 4tH D@D aT Prrafo de lista ^PK![Content_Types].xmlj0Eжr(΢Iw},-j4 wP-t#bΙ{UTU^hd}㨫)*1P' ^W0)T9<l#$yi};~@(Hu* Dנz/0ǰ $ X3aZ,D0j~3߶b~i>3\`?/[G\!-Rk.sԻ..a濭?PK!֧6 _rels/.relsj0 }Q%v/C/}(h"O = C?hv=Ʌ%[xp{۵_Pѣ<1H0ORBdJE4b$q_6LR7`0̞O,En7Lib/SeеPK!kytheme/theme/themeManager.xml M @}w7c(EbˮCAǠҟ7՛K Y, e.|,H,lxɴIsQ}#Ր ֵ+!,^$j=GW)E+& 8PK!&lTRtheme/theme/theme1.xmlYMoE#F{oc'vGuرHF[xw;jf7q7J\ʯ AxgfwIFPA}H1^3tH6r=2%@3'M 5BNe tYI?C K/^|Kx=#bjmo>]F,"BFVzn^3`ե̳_wr%:ϻ[k.eNVi2],S_sjcs7f W+Ն7`g ȘJj|l(KD-ʵ dXiJ؇kZov[fDNc@M!͐,a'4Y_wp >*D8i&X\,Wxҕ=6.^ۄ Z *lJ~auԙՍj9 !bM@-U8kp0vbp!971 bn w*byx$پ,@\7R(=Q,)'KQk5qpq Qz,!_ Y4[an}`B-,#U,ђMpE`35XYd״?%1U9إ;R>QD DcNU'&LGpm^9+ugVh^n<*u7ƝSdJ9gn V.rF^*Ѕ҈}-p !:P5gyڧ!# B-;Y=ۻ,K12URWV9$l{=An;sVAP9zszH'[`ۇ@PbW<{ˆ1W+m_SsncY̕([ @}`g >V?4hf6՗t#M&ʺ6'B gks:\qN-^3;k ] =Y42&0GN|tI&MI`=DCPK! ѐ'theme/theme/_rels/themeManager.xml.relsM 0wooӺ&݈Э5 6?$Q ,.aic21h:qm@RN;d`o7gK(M&$R(.1r'JЊT8V"AȻHu}|$b{P8g/]QAsم(#L[PK-![Content_Types].xmlPK-!֧6 +_rels/.relsPK-!kytheme/theme/themeManager.xmlPK-!&lTRtheme/theme/theme1.xmlPK-! ѐ' theme/theme/_rels/themeManager.xml.relsPK] + H(3"U  (/13 !#8@0(  B S  ?~+++suDMPXs|6 A  +33333333s}T9T ! 3>+16GA:x6 0vx{)b_zV h h^h`hH.h 8^8`hH.h L^`LhH.h  ^ `hH.h  ^ `hH.h xL^x`LhH.h H^H`hH.h ^`hH.h L^`LhH.h h^h`hH)h 8^8`hH.h L^`LhH.h  ^ `hH.h  ^ `hH.h xL^x`LhH.h H^H`hH.h ^`hH.h L^`LhH.h h^h`hH.h 8^8`hH.h L^`LhH.h  ^ `hH.h  ^ `hH.h xL^x`LhH.h H^H`hH.h ^`hH.h L^`LhH.h h^h`hH)h 8^8`hH.h L^`LhH.h  ^ `hH.h  ^ `hH.h xL^x`LhH.h H^H`hH.h ^`hH.h L^`LhH.1 0A:)b_ 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4#r1%;35O@VMaT!g?ABCDEFGIJKLMNORRoot Entry F@CoTData %1Table--%WordDocument4HSummaryInformation(@DocumentSummaryInformation8HCompObj}  F+Documento de Microsoft Office Word 97-2003 MSWordDocWord.Document.89q