Como un verdadero "avance histórico" fue calificado el acuerdo unánime del Senado Universitario de agrupar en un solo Reglamento General de Académicos todas las diversas normativas referentes a dicho estamento, que hoy se encuentran dispersas en el Reglamento General de Carrera Académica, el Reglamento sobre Concursos para Ingresar a la Carrera Académica, las Normas de Nombramiento del Personal Académico, los Nombramientos por Horas de Académicos, el Reglamento del Personal Académico Ad-Honorem, el Reglamento General de Calificación Académica, el Título III del Reglamento de Distintivos, Distinciones y Calidades Académicas y el Reglamento sobre Comisiones del Personal.
El texto de este nuevo Reglamento General de Académicos reunirá los artículos correspondientes a las diversas normativas, adecuando los títulos y la numeración del articulado y, por lo pronto, no contempla modificaciones de fondo. El carácter emblemático de la modificación se debe a que por primera vez se contará con un texto normativo único para los académicos, que facilitará su conocimiento, sistematicidad y aplicación.
Histórica concreción de un anhelo
Para el Senador Iván Saavedra, académico de la Facultad de Medicina y ex presidente de la Asociación de Académicos de la ۶Ƶ, la aprobación de este refundido representa un hecho histórico, pues "la idea de avanzar a un Estatuto del académico de Chile es un antiguo anhelo de las asociaciones y federaciones de académicos, para tener más fuerza como profesión y gremio, permitir los traslados y la integración, surgir armónicamente, favorecer la ciencia y la docencia, etcétera", dijo.
"Este refundido está realizado en democracia por una institución participativa que representa a toda la ۶Ƶ y lo ha aprobado en forma unánime ¡Excelente!", expresó el emblemático ex dirigente de los académicos, quien planteó una visión crítica acerca del "desorden generalizado en las universidades estatales sobre la normativa académica", impidiéndose de este modo la creación de un estatuto nacional de académicos, como lo tienen los funcionarios de la salud o de las fuerzas armadas y que les ha permitido, entre otras cosas, mejorar sus condiciones laborales.
En esta línea, la Comisión de Estamentos y Participación del Senado Universitario, presidida por el Senador Jonás Chnaiderman, acordó solicitar al Rector Víctor Pérez, que lleve la inquietud de generar un estatuto nacional de académicos al Consorcio de Universidades del Estado de Chile, para beneficio del conjunto de las instituciones.
Potestad y competencia para normar sobre un tema sensible
Para el Senador José Miguel Piquer, académico de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas e integrante de la Comisión de Estamentos y Participación, encargada de estudiar el proyecto de refundido, se trata de una medida de gran relevancia, en cuanto a la potestad y competencia del Senado como órgano normativo de la ۶Ƶ, sobre un tema de alta sensibilidad en el mundo académico.
"Sentíamos que el reglamento de académicos debía ser abarcado por el Senado y que debe incluir lo referente a la carrera académica, la evaluación y la calificación, porque es la única manera de garantizar que sea un todo coherente. Si por un lado definimos la carrera académica y por otro quien entra y quien se va, no hay coherencia", sentenció el Prof. Piquer, agregando que "los procesos de calificación y evaluación son tremendamente sensibles para el mundo académico, porque tienen que ver no sólo son el sueldo, sino que también con el orgullo personal que trae el prestigio académico. Entonces, si no hay coherencia, la ۶Ƶ no entiende".
Fundamentos jurídicos de peso
Los antecedentes jurídicos que fundamentan la decisión del Senado Universitario contemplan el Artículo 47° del estatuto de la ۶Ƶ, que señala que un Reglamento General regulará el "ordenamiento jerárquico académico y las formas de ingreso, promoción, evaluación y egreso" para los distintos niveles de la carrera académica.
A su vez, el artículo 60° se refiere a que el ingreso a los cargos académicos de planta se hará mediante concurso de antecedentes o concurso de antecedentes y oposición y que "la promoción se hará de conformidad con los procedimientos de calificación y evaluación académica, que se fijen de acuerdo con la jerarquía de que se trate".
Respecto al Senado, el Estatuto es claro en indicar en su Artículo 25° que corresponderá a este órgano colegiado "aprobar, a proposición del Rector o por iniciativa de al menos un tercio de sus integrantes, los reglamentos referidos en el Estatuto institucional y sus modificaciones, toda norma de carácter general relativa a las políticas y planes de desarrollo de la Universidad y las propuestas de modificación al Estatuto que deban someterse al Presidente de la República para su trámite respectivo".
La Comisión Senado Universitario, que precedió al actual órgano normativo de la U. de Chile entre 2003 y 2005, desarrolló su trabajo sobre la base de esta misma idea, al igual que otras universidades del Estado como la Universidad de Talca y la Universidad del Bío Bío, que también cuentan con una normativa única para sus académicos.
REGLAMENTOS ACTUALES |
ESTRUCTURA NUEVO TEXTO REFUNDIDO
|
|
REGLAMENTO GENERAL DE ACADÉMICOSDE LA UNIVERSIDAD DE CHILE
|
(Reglamento General de Carrera Académica, D.U. 2860 de 2001) |
TÍTULO I. DE LA CARRERA ACADÉMICA |
TÍTULO I. NORMAS GENERALES |
Párrafo 1°. Normas Generales |
TÍTULO II. De la Categoría y Carrera Académica Ordinaria |
Párrafo 2°. De la Categoría y Carrera Académica Ordinaria |
TÍTULO III. De la Categoría y Carrera Académica Docente |
Párrafo 3°. De la Categoría y Carrera Académica Docente |
TÍTULO IV. De la Categoría Académica Adjunta |
Párrafo 4°. De la Categoría Académica Adjunta |
(Reglamento sobre Concursos para Ingresar a la Carrera Académica, D.U. 3099 de 1992) |
TÍTULO II. DE LOS CONCURSOS Y NOMBRAMIENTOS |
TÍTULO I. Disposiciones Generales |
Párrafo 1°. Disposiciones Generales |
TÍTULO II. De la Comisión de Concursos |
Párrafo 2°. De la Comisión de Concursos |
(Normas de Nombramiento del Personal Académico, D.U. N°697 de 1994) |
Párrafo 3°. Del Nombramiento del Personal Académico |
(Nombramientos por Horas de Académicos, D.U. N° 3207 de 1994) |
Párrafo 4°. De los Nombramientos por Horas |
(Reglamento del Personal Académico Ad-Honorem, D.U. N°553 de 1982) |
Párrafo 5°. Del Personal Académico Ad-Honorem |
(Reglamento General de Carrera Académica, D.U. 2860 de 2001) |
TÍTULO III. DE LA EVALUACIÓN ACADÉMICA |
TÍTULO V. De la Evaluación Académica |
Párrafo 1°. De la Evaluación Académica |
TÍTULO VI. De las Comisiones de Evaluación y su Funcionamiento |
Párrafo 2°. De las Comisiones de Evaluación y su Funcionamiento |
TÍTULO VI. De la Comisión Superior de Evaluación Académica y su Funcionamiento |
Párrafo 3°. De la Comisión Superior de Evaluación Académica y su Funcionamiento |
TÍTULO VIII. De los Recursos |
Párrafo 4°. De los Recursos |
TÍTULO IX. Otras Disposiciones |
Párrafo 5°. Otras Disposiciones |
(Reglamento General de Calificación Académica, D.U. N°1136 de 1999) |
TÍTULO IV. DE LA CALIFICACIÓN ACADÉMICA |
TÍTULO I. Disposiciones Generales |
Párrafo 1°. Disposiciones Generales |
TÍTULO II. De las Comisiones que Administran el Proceso |
Párrafo 2°. De las Comisiones que Administran el Proceso. |
TÍTULO III. De los Instrumentos de Calificación |
Párrafo 3°. De los Instrumentos de Calificación |
TÍTULO IV. Del Procedimiento de Calificación |
Párrafo 4°. Del Procedimiento de Calificación |
TÍTULO V. De los Recursos de Apelación |
Párrafo 5°. De los Recursos de Apelación |
TÍTULO VI. De los Efectos de la Calificación |
Párrafo 6°. De los Efectos de la Calificación |
TÍTULO VII. Otras disposiciones |
Párrafo 7°. Otras disposiciones |
(Reglamento de Distintivos, Distinciones y Calidades Académicas, D.U. N°15.370 de 1979)TÍTULO III. De las Calidades Académicas |
TÍTULO V. DE LAS CALIDADES ACADÉMICAS |
(Reglamento sobre Comisiones del Personal de la ۶Ƶ, D.U. Nº4263, de 1985) |
TÍTULO VI. DE LAS COMISIONES |
TÍTULO I. Disposiciones Generales |
Párrafo 1°. Disposiciones Generales |
TÍTULO II. De Las Comisiones de Estudios y Comisiones Académicas |
Párrafo 2°. De Las Comisiones de Estudios y Comisiones Académicas |
TÍTULO III. De las Comisiones de Servicios y Cometidos Funcionarios |
Párrafo 3°. De las Comisiones de Servicios y Cometidos Funcionarios |