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Preguntas frecuentes

¿Una vez lista la activación ya tengo mis medidas de flexibilidad académica?

No, debes esperar a la verificación de los requisitos y de los documentos de acreditación. Luego se te citará a una reunión para definir los acuerdos y seguido de ello, inicia la implementación.

¿Es posible tener activa la flexibilidad académica pero no implementarlas en el semestre?

La activación de la flexibilidad académica y la vigencia de estas permite que se entregue la certificación y que se pueda aplicar o no medidas en el semestre. Para esto es sumamente importante la reunión para definir y acordar las medidas a implementar en el semestre, así también mantener la comunicación con las personas a cargo en tu Unidad Académica, en sentido de la corresponsabilidad en el aprendizaje.

¿Qué debo hacer si mi credencial de discapacidad está en trámite?

Debes presentar un documento de respaldo de que se inició el proceso para la inscripción en el registro nacional de la discapacidad, junto con un certificado médico. Así, para el siguiente semestre académico, deberías presentar la credencial de discapacidad.

¿Qué sucede con la gratuidad o mis becas económicas si aplico a medidas de flexibilidad académica como postergación de estudios o baja carga académica?

Puede haber modificaciones en los años predeterminados para los beneficios económicos universitarios, por lo que es muy importante que esta situación sea conversada con Bienestar Estudiantil de tu Facultad/programa, ya que se requiere de una revisión personalizada, para así contar con una orientación situada.

 

Tabla 3. Situaciones consideradas y marco normativo institucional y nacional

Situación del o la estudiante

Normativa asociada

Madre o padre de niñas/os, hasta los seis años1

Política Institucional de Corresponsabilidad Social en la Conciliación de las Responsabilidades Familiares y las Actividades Universitarias

Madre o padre de niñas/os con discapacidad2

En consideración a los permisos y otras flexibilidades que se han incorporado en el Código del Trabajo para padres, madres, personas cuidadoras o tutores de niños/as/es con discapacidad sobre los seis años, se toma como referencia las normativas en el ámbito laboral para el contexto de la Educación Superior, además de alinearse con los principios de la corresponsabilidad social. 

  • Ley N° 21.645 que establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo para trabajadores que tengan a su cuidado menores de catorce años o a una persona con discapacidad. 
  • Ley N° 20.535 que concede permiso a los padres de hijos con discapacidad, para ausentarse del trabajo. 
  • Ley N° 21.545 que establece la promoción de la inclusión y la protección de los derechos de las personas del Espectro Autista.

Persona con discapacidad3

  • Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad (Decreto 201)
  • Ley N° 20.422 que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad
  • Ley N° 21.091 Sobre Educación Superior
  • Ley N° 21.545 que establece la promoción de la inclusión y la protección de los derechos de las personas del Espectro Autista.

Deportista de selección nacional o universitaria4

  • Ley N° 19.712 del Deporte
  • Política Nacional de Actividad Física y Deporte
  • Decreto Universitario Exento N°006808

Persona damnificada por catástrofes o emergencias5

En vinculación con los procedimientos y acciones desplegadas desde el Ministerio de Desarrollo Social y de Familia.

  • Decreto 1434 Exento que aprueba Plan Nacional de Emergencia

1. Política Institucional de Corresponsabilidad Social en la Conciliación de las Responsabilidades Familiares y las Actividades Universitarias

2. Ley N°21.645
Ley N° 20.535
Ley N° 21.545

3. Decreto 201
Ley N° 20.422
Ley N° 21.091
Ley N° 21.545

4. Ley No 19.712
Política Nacional de Actividad Física y Deporte 
Decreto Universitario Exento N°006808

5. Decreto 1434 Exento

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