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¿Qué son los feriados legales?

Según el artículo 102 al 107 del Estatuto Administrativo, los feriados legales son descansos a los que tiene derecho cada funcionaria/o con goce total de sus remuneraciones. Estos corresponden al año calendario y según la cantidad de años cotizados en calidad de dependiente le corresponde la siguiente cantidad de días de feriado legal:

  • 15 días hábiles para aquellos que cuenten con menos de 15 años de servicios.
  • 20 días hábiles para aquellos que cuenten entre 15 y 20 años de servicios.
  • 25 días hábiles para aquellos que cuenten con 20 o más años de servicios.
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